jueves, 14 de marzo de 2013

Esquemas para emprendedores. I: Cuadro resumen del tipo de formas jurídicas


Cuando hemos decidido iniciar la aventura de emprender -para unos, algo fascinante; para otros, una temeridad inconsciente-  es hora de decidir cuál es la forma jurídica  a la que nos queremos  acoger. A continuación, os dejo unos esquemas que espero os sirvan de ayuda.

Debemos diferenciar primero entre las formas jurídicas planteadas para  las personas físicas, por un lado, o bien para las personas jurídicas, por otro.

Vamos por partes.

Personas físicas:



Recapitulando:
  •  Para comenzar la actividad económica con estas formas jurídicas no sería necesario    un capital mínimo.
  •  La fiscalidad a la que haremos frente será por  Impuesto de Renta  de Personas Físicas en función del rendimiento.
  •  La responsabilidad  de los socios es ilimitada. O sea,  pueden responder de las deudas de forma individual con su patrimonio, a diferencia de las sociedades descritas en la sección de personas jurídicas, que responden con el capital aportado.


Personas jurídicas:
Las más comunes son:


Recapitulando:

·       
  •        Sí es necesario capital mínimo, excepto en la sociedad colectiva.
  •        Con sólo un socio se puede iniciar una sociedad limitada unipersonal.
  •        Todas estas sociedades anteriores  tributan por el Impuesto de Sociedades.
      Existen otras formas jurídicas dentro de lo que se conoce como economía social, elemento que ya desarrollé en este post: 
 
Para más información sobre las formas jurídicas,  pinchad aquí: 





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